Entradas

Mostrando entradas de mayo, 2021

LOTC IMPUGNACIÓN Y RECURSOS

TÍTULO V De la impugnación de disposiciones sin fuerza de Ley y resoluciones de las Comunidades Autónomas prevista en el artículo 161.2 de la Constitución   Artículo setenta y seis .  Dentro de los dos meses siguientes a la fecha de su publicación o, en defecto de la misma, desde que llegare a su conocimiento, el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones normativas sin fuerza de Ley y resoluciones emanadas de cualquier órgano de las Comunidades Autónomas.  Artículo setenta y siete .  La impugnación regulada en este título, sea cual fuere el motivo en que se base, se formulará y sustanciará por el procedimiento previsto en los artículos sesenta y dos a sesenta y siete de esta Ley. La formulación de la impugnación comunicada por el Tribunal producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida hasta que el Tribunal resuelva ratificarla o levantarla en plazo no superior a cinco meses, salvo que, con anterioridad, hubiera dictado sentencia.  TÍTUL

LOTC RECURSO AMPARO Y CONFLICTOS

CAPÍTULO III De la resolución de los recursos de amparo constitucional y sus efectos   Artículo cincuenta y tres .  La Sala o, en su caso, la Sección, al conocer del fondo del asunto, pronunciará en su sentencia alguno de estos fallos:  a) Otorgamiento de amparo.  b) Denegación de amparo.  Artículo cincuenta y cuatro .  Cuando la Sala o, en su caso, la Sección conozca del recurso de amparo respecto de decisiones de jueces y tribunales, limitará su función a concretar si se han violado derechos o libertades del demandante y a preservar o restablecer estos derechos o libertades, y se abstendrá de cualquier otra consideración sobre la actuación de los órganos jurisdiccionales.  Artículo cincuenta y cinco .  Uno . La sentencia que otorgue el amparo contendrá alguno o algunos de los pronunciamientos siguientes:  a) Declaración de nulidad de la decisión, acto o resolución que hayan impedido el pleno ejercicio de los derechos o libertades protegidos, con determinación, en su caso, de la exten