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PROCESAL MERCANTIL DEFENSA COMPETENCIA

Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (BOE de 4 de julio) TÍTULO I De la defensa de la competencia   CAPÍTULO I De las conductas prohibidas  Artículo 1. Conductas colusorias .  1. Se prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela, que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte del mercado nacional y, en particular, los que consistan en:  a) La fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio.  b) La limitación o el control de la producción, la distribución, el desarrollo técnico o las inversiones.  c) El reparto del mercado o de las fuentes de aprovisionamiento.  d) La aplicación, en las relaciones comerciales o de servicio, de condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que coloquen a unos competidores en situación desventajosa frente a otr...

PROCESAL MERCANTIL CONCURSO CONSECUTIVO

TÍTULO IV De las especialidades del concurso consecutivo   CAPÍTULO I Del concurso consecutivo   Artículo 695. Concurso consecutivo .  Se consideran concursos consecutivos:  a) El del deudor insolvente que, en caso de no haber alcanzado un acuerdo un acuerdo de refinanciación o de un acuerdo extrajudicial de pagos tipificados en esta ley, se declare a solicitud del propio deudor, de acreedor o, en el caso de un acuerdo extrajudicial de pagos, también a solicitud del mediador.  b) El del deudor insolvente que se declare a solicitud del deudor que manifieste no poder cumplir el acuerdo de refinanciación o el acuerdo extrajudicial de pagos que hubiera alcanzado con los acreedores, así como el que se declare a solicitud del propio deudor o de acreedor, anterior o posterior a cualquiera de estos acuerdos, en caso de incumplimiento del que se hubiera alcanzado.  c) El del deudor insolvente que, en caso de declaración judicial de nulidad o de ineficacia del acuerd...